El pasado 30 de enero el Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, aprobó el Real Decreto 43/2015 por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Con la aprobación de este RD se modifican las enseñanzas universitarias y el doctorado, y se da libertad a las propias universidades para que establezcan itinerarios formativos de 3+2 ó 4+1 para los grados y doctorados. En la actualidad , ese itinerario era de 4 años de grado más 1 año para el doctorado. Según el Ministerio el incorporar itinerarios de 3 años para los grados y complementar esa formación con 2 años de máster, nos equipara a los países de nuestro entorno.
Según informa el Ministerio, los contenidos principales de este Real Decreto, son los siguientes:
- Grados entre 180 y 240 créditos, Máster entre 60 y 120 créditos
La mayor parte de los países europeos han adoptado un sistema flexible mediante el cual las titulaciones de Grado pueden tener entre 180 y 240 créditos y las de Máster entre 60 y 120 créditos. Por tanto, en la mayoría de los países europeos conviven Grados de 3, 4 y más años de duración y Máster de 1 y 2 años.
Por el contrario, España adoptó un sistema rígido, según el cual, los Grados tenían 240 créditos y el Máster 60, lo que suponía 4 años de Grado y 1 de Máster. El anterior sistema 4+1 escogido por España es una rareza en el ámbito europeo, ya que nos aleja del resto de Europa y que comparten muy pocos países: Chipre, Turquía, Armenia, Georgia, Grecia, Kazajstán, Rusia y Ucrania.
Con la aprobación de este RD se proporciona esa flexibilidad y se pretende converger con la mayoría de los países europeos..
El Real Decreto establece que serán las propias universidades -dentro del marco de su autonomía- las que decidan qué Grados se pueden reducir a 180 créditos. Por lo tanto, es un sistema voluntario para el cual no se ha establecido ningún plazo.
Se trata de facilitar que las universidades que quieran puedan implantar esta opción de forma gradual, y no de imponer un cambio de modelo.
- Flexibilizar la oferta universitaria
La estructura actual de titulaciones universitarias únicamente permite realizar Grados de 240 créditos, pero con este Real Decreto se consigue una estructura más flexible de las titulaciones universitarias al establecer horquillas de entre 180 y 240 créditos.
Dado que el Grado se dirige en mayor medida a la adquisición de una formación generalista y el título de Máster a una formación especializada, las Universidades podrán establecer las combinaciones Grado-Máster más idóneas para cada título y asignarles el número de créditos ECTS más adecuado.
- Movilidad e internacionalización
El hecho de que España optase en su momento por un modelo rígido de 4+1 -muy diferente al sistema flexible por el que optaron la mayor parte de los países europeos- ha generado importantes disfunciones en el reconocimiento mutuo de títulos.
Por una parte, facilitará a los estudiantes españoles la realización de Máster en el extranjero con duraciones acordes a las de los Máster impartidos en España.
Por otra parte, se solucionará la problemática del estudiante español que quiere acceder a estudios de doctorado en el extranjero, y que se puede encontrar con el siguiente problema: que haya cursado un Grado de 240 créditos ECTS y un Máster de 60 créditos ECTS, mientras sus compañeros extranjeros cursaron un Grado de 180 créditos ECTS y un Máster de 120 créditos ECTS. Así, como los créditos ECTS de nivel Máster tienen una mayor exigencia, los estudiantes españoles se ven abocados a cursar complementos formativos (de nivel Máster), si quieren realizar estudios de doctorado en las Universidades extranjeras de Estados que forman parte del EEES.
La estrategia de internacionalización de las universidades españolas tiene como uno de sus fines incrementar sus ratios de alumnos extranjeros, lo que se puede conseguir si la ordenación de los estudios universitarios en España guarda cierta similitud con la ordenación en los países que forman parte del Espacio Europeo de Educación Superior.
Por ello, se espera que este Real Decreto facilite el acceso de alumnado extranjero a nuestras universidades, así como el establecimiento de acuerdos para la obtención de dobles títulos (Grado o Máster) entre una universidad española y una universidad europea.
- La titulación universitaria de Grado es la que permite el acceso a la vida profesional
No se rebajan los niveles de formación de la población universitaria, ni se obligará a los alumnos a cursar titulaciones de Máster.
Las titulaciones de Grado son las que permiten el acceso al mercado de trabajo por regla general: sólo en el 10% de los supuestos se requiere cursar un Máster para acceder a un puesto de trabajo.
- Implantación progresiva de los títulos
Las universidades podrán comenzar a implantar las titulaciones de Grado de menos de 240 créditos ECTS a partir de la entrada en vigor del Real Decreto.
Así, la implantación de títulos no tiene porqué producirse necesariamente en el curso 2015/2016, sino que la universidad podrá optar por una implantación progresiva.
- Implantación voluntaria, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte garantiza la autonomía universitaria
En ningún caso las universidades estarán obligadas a implantar titulaciones de Grado de menos de 240 créditos ECTS, ya que el Real Decreto introduce una posibilidad en el sistema universitario español, pero no una obligación.
La introducción de títulos de Grado de 180 créditos ECTS se hace con carácter voluntario con el fin de potenciar al máximo la autonomía universitaria garantizada por la Constitución.
- El acceso a los estudios de doctorado se podrá hacer con 300 créditos ECTS, cursados entre las dos titulaciones (Grado y Máster)
Esta aclaración -que se incorpora al Real Decreto- es esencial para disipar las dudas que, en la actualidad, existen en las universidades sobre el número de créditos necesarios en cada nivel para acceder a los estudios de Doctorado: el Real Decreto aclara que, con carácter general, para el acceso a un programa oficial de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado o equivalente y de Máster universitario o equivalente, siempre que se hayan superado al menos 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.